El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, rechazó hoy la recusación presentada por el fiscal Carlos Stornelli en la causa que investiga la extorsión de Marcelo D’Alessio contra el productor agropecuario Pedro Etchebest en la que el propio fiscal se encuentra mencionado.
En la resolución, el magistrado detalla “la gravedad del planteo” de Stornelli. “Pretender apartar a un juez de una causa porque está dirigiendo una investigación que lo involucra no debiera ser una estrategia defensista que despliegue un funcionario público, cuando todos los canales procesales adecuados están abiertos y a los que ha planteado se les ha dado curso (indagatoria para ejercer su defensa material, incompetencia, nulidad, recursos, etc.)”, sostiene Ramos Padilla en el escrito.
Luego de una descripción detallada de lo actuado en la causa, el magistrado afirma que no hay motivos que habiliten su apartamiento. “No ha habido ni hay animosidad alguna en contra del imputado Stornelli, se ha actuado a su respecto con el extremo resguardo que impone su función como fiscal. Sólo se lo ha convocado a indagatoria sobre la base de la plataforma fáctica delimitada por el Ministerio Público Fiscal en sus sendos requerimientos instructorios y una vez que se entendió que se encontraba reunido el estado de sospecha exigido por el art. 294 del código de rito”, sostiene.
Por otra parte, hace referencia al rechazo del fiscal Stornelli a presentar su celular ante el juzgado de Dolores. “Cuando, en línea con los fines de la investigación, y a fin de contrastarlo con el resto de las pruebas y el objeto de la denuncia, se estimó necesario acceder a su teléfono personal, no se dispusieron medidas coactivas sino que se solicitó su aporte en el marco de la causa en la cual él mismo era denunciante, radicada ante el Juzgado Federal no 10 a cargo del Dr. Ercolini”
También rebate el argumento de Stornelli según el cual, el juez actuó sin impulso fiscal. “Centralmente, porque en la presente causa existen tres presentaciones fiscales que han impulsado debidamente la acción, tanto por la extorsión inicial (en la cual se nombó expresamente al Dr. Stornelli) como por la asociación ilícita en cuyo marco se cometieron distintas maniobras en las cuales presuntamente pudo haber estado involucrado y una tercer presentación donde se referenciaron más hechos por los que no había sido convocado y se procedio a intimarlo por los mismos”, indica.
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